LDRAC, Consejo Consultivo Regional de Flota de Larga Distancia en Aguas no Comunitarias

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Los representantes del sector pesquero Internacional se reunen en Madrid

22/05/2008 11:05:09

Fuente: LDRAC

El Consejo Consulivo Regional de Flota de Larga Distancia celebra en Madrid las reuniones de sus grupos de trabajo.   El 1 y 2 de abril el LDRAC (Long Distance Fleet Regional Advisory Council) en sus siglas inglesas, celebra en el Palacio Municipal de Congresos de Madrid, a partir de las 10:00 h., las reuniones de 4 de sus Grupos de Trabajo, en los que participarán representantes del sector de la pesca de 12 Estados Miembros,asi como de la Administración Española y Comunitaria.  leer más ... [1.29 MB]

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Estructura del Comité

30/04/2008 19:04:02

Fuente: LDRAC

Asamblea General Comité Ejecutivo Grupos de Trabajo

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Quienes somos

30/04/2008 19:04:02

Fuente: LDRAC

El Consejo Consultivo Regional de Flota de Larga Distancia en Aguas no Comunitarias (LDRAC) fue constituido en mayo de 2007, de conformidad con la Decisión 2004/585/CE del Consejo, que estableció un marco común para los consejos consultivos regionales.   Haga clic aquí para ver la Decisión 2004/585/CE del Consejo por la que se por la que se crean los consejos consultivos regionales en virtud de la política pesquera común   Haga clic aquí para ver la Decisión 2007/206/CE del Consejo por la que se aprueba la entrada en funcionamiento del consejo consultivo regional de flotas de gran altura/larga distancia en virtud de la politica pesquera común    Los consejos consultivos regionales fueron propuestos por vez primera durante la evaluación de la política pesquera común, en 2002, como una forma de garantizar la amplia participación de las partes interesadas en los procesos de formulación de políticas de gestión pesquera.   Los CCR elaboran recomendaciones y sugerencias sobre los aspectos de la pesca que afectan a la zona de su incumbencia y los presentan a la Comisión o a las autoridades nacionales competentes a petición de éstas últimas o por propia iniciativa. Los CCR están compuestos por representantes del sector pesquero y de otros grupos interesados, mientras que los representantes del mundo científico son invitados a participar en las reuniones de los CCR en calidad de expertos. La Comisión y los representantes regionales y nacionales de los Estados miembros pueden estar presentes en las reuniones como observadores.   El LDRAC asesorará a la Comisión Europea sobre las cuestiones relativas a los acuerdos de pesca con terceros países y las relaciones con las Organizaciones Regionales de Pesca (ORP) de que la UE es firmante o un socio o en cuyas aguas la flota comunitaria que opera.   PRINCIPALES FUNCIONES Preparar y presentar dictámenes y recomendaciones sobre la gestión y conservación Contribuir a la aplicación de la política pesquera común fuera de las aguas comunitarias Mejorar las relaciones exteriores de la UE en materia de pesca.  Estatutos LDRAC    ESTRUCTURA DEL COMITÉ

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19/08/2004 20:08:07

Fuente: LDRAC

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